El «maremagnum» de los recortes en los servicios de salud de España

La Revista OMC publica en su último número un extenso informe firmado por los doctores Tomás Toranzo y Vicente Matas que bajo el título «el maremagnum de los recortes» ofrece un exhaustivo análisis de cómo están afectando las medidas adoptadas por las Administraciones central y autonómicas en el ámbito sanitario. El documento se centra en los recortes que afectan, fundamentalmente, a los profesionales médicos, que se pueden condensar en tres conceptos que, además, se retroalimentan entre sí: la ampliación de la jornada laboral de 37,5 horas semanales; la pérdida de empleo y su precarización; y los recortes en, prácticamente, todos los conceptos retributivos.

Como recuerdan sus autores, desde la publicación el RD-L 16/2012 que, entre otras cuestiones no menos polémicas, introduce nuevamente el concepto de asegurado, hasta la decisión del gobierno de la Comunidad de Madrid de privatizar la gestión de 6 hospitales y 27 centros de salud, «todo han sido decisiones que, sin el más mínimo consenso ni participación social ni profesional, parece que van encaminadas a un desmantelamiento sistemático del Sistema Público de Salud, en beneficio de una gestión privada que, sólo por definición, dicen que va a ser más eficiente que la pública, aunque este postulado vaya en contra cualquier evidencia disponible en el momento actual. La gran contestación social y profesional que ha suscitado debería, como mínimo, hacerles reflexionar, pero un mal entendido concepto de autoridad parece impedírselo».

La ampliación de la jornada ha sido quizás el elemento que más conflictividad ha generado en todos los servicios de salud, con la excepción de aquellos que ya tenían esa jornada, como era el caso de Galicia. Como se expone, se están aplicando los incrementos de jornada de muy diferentes formas: Ampliación de media hora diaria en actividad ordinaria;  Ampliación de 2,5 horas, una tarde a la semana;  Ampliación de 5 horas por la tarde dos veces al mes; y Jornada de mañana en sábado.

Otro de los graves problemas es el desempleo, que está aumentando en este sector y la emigración de profesionales es cada día una opción elegida por más compañeros. En diciembre de 2012, un total de 2.373 facultativos está en situación de desempleo y 3.987 demanda un puesto de trabajo. La pérdida de empleo en Sanidad se está haciendo manteniendo la actividad, y en muchos casos aumentándola, lo que evidentemente repercutirá sobre la calidad asistencial. Esta medida, según los autores de este informe, «sí que afecta, de verdad, a la sostenibilidad del SNS».

En relación a los recortes en las retribuciones, desde 2010 se han tomado medidas en este sentido, pero ha sido a partir del Real Decreto-Ley 20/2012 cuando éstos se han acentuado:

-Supresión de la paga extra de diciembre en el año 2012, que se traduce en nuevos recortes de aproximadamente 7,14%.

-Nueva regulación de permisos y licencias, también supone la pérdida de hasta 14 días libres en el año 2013 para los médicos, los días libres quedan reducidos a tres al año (a los jueces les han bajado de 18 a 12 días al año).

-Se incrementa el IVA desde septiembre en tres puntos el tipo general, que pasa del 18 al 21%, en dos puntos el reducido (del 8 al 10%) y además una amplia gama de productos pasan del reducido al general, es decir pasan del 8 al 21%.

-Se han suspendido de forma prácticamente generalizada las aportaciones a los planes de pensiones en los Servicios de Salud en los que existían.

-En los supuestos de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral, el complemento que abonan los servicios de salud se calculará:

-Desde el primer día de la situación de incapacidad temporal hasta el tercer día inclusive, se abonará el 50 por ciento de las retribuciones que se vengan percibiendo en el mes anterior al de causarse la incapacidad.

-Desde el cuarto día de la incapacidad temporal hasta el vigésimo día, inclusive, el complemento que se sume a la prestación económica reconocida por la Seguridad Social será tal que, sumadas ambas cantidades, sea equivalente al 75 por ciento de las retribuciones que se vinieran percibiendo en el mes anterior al de causarse la incapacidad.

-A partir del día vigésimo primero, se abonará el 100 por cien del complemento.

-Durante el período en que el personal se halle en incapacidad temporal por contingencias comunes no se abonará complemento alguno para garantizar retribuciones de carácter variable, ni aquellas otras cuya percepción se encuentre condicionada por la efectiva prestación del servicio.

Todos los apartados perjudican al médico y a todos los trabajadores, pero, según los autores del informe, «el último apartado perjudica de forma especial al médico y le discrimina con relación al resto de categorías y trabajadores. Supone una gran merma retributiva el no contemplar un prorrateo por las guardias realizadas, que suponen un gran esfuerzo adicional, obligatorio y escasamente compensado».

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fuente

http://www.medicosypacientes.com/articulos/informe14113.html